Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872)
Sesión: 17 de julio de 1871
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Respuesta al Sr. Ríos y Rosas
Número y páginas del Diario de Sesiones 106, 2.769, 2.770
Tema: Expedientes y contrato de tabacos

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (interino de Hacienda, Sagasta): No he tenido el gusto de oír desde el principio al Sr. Ríos y Rosas, porque una atención del servicio me ha detenido más de lo que yo hubiera deseado; pero parece ser que S. S. se ha extrañado de que el Gobierno no defendiera la dignidad de esta Cámara, que en la otra ha creído estuvo atacada en la sesión de ayer. El Gobierno no creyó ver ataque alguno a la dignidad de esta Cámara en la otra; si lo hubiera visto, si lo hubiera creído así, la hubiera defendido. Un Sr. Senador, en uso de su derecho, se ha creído ofendido por palabras pronunciadas aquí, escritas en un dictamen, y no es posible ni es fácil, como sabe el Sr. Ríos Rosas, que es muy buen defensor de las prerrogativas parlamentarias, que un Senador, lo mismo que un Diputado, cuando se cree ofendido por palabras dichas o escritas, sea quien quiera el que las haya dicho o escrito, mucho más cuando de esas palabras pueden desprenderse algunas dudas respecto de su honra, que deje de defenderse, porque eso es muy sagrado, muy respetable, y hay que dejar amplísima libertad al que la quiere en este sentido. Por consiguiente, si el Gobierno ayer no dijo nada en la otra Cámara para defender a ésta, es porque creyó que allí nadie atacaba la dignidad ni las prerrogativas del Congreso.

Pero S.S. ha sentado un hecho que es inexacto, y por eso me levanto yo. Dice S. S. que el tipo de la subasta se alteró sin acuerdo del Consejo de Ministros, y esto es completamente inexacto. El Sr. Figuerola llevó esta cuestión al Consejo de Ministros, y el Consejo de Ministros acordó, en vez de variar las condiciones, variar el precio, porque las condiciones ya se habían variado y no se había obtenido resultado alguno. Debe haber un acuerdo del Consejo de Ministros autorizando la variación del tipo, es decir, resolviendo, a propuesta del Sr. Ministro de Hacienda, la variación del tipo; y [2.769] en este sentido decía yo ayer en la otra Cámara que me parecía que en aquellas circunstancias la medida era perfectamente legal, puesto que el Consejo de Ministros tenía derecho para variar en totalidad o en parte un acuerdo adoptado por otro Consejo de Ministros.

En este sentido, los individuos de este Gobierno que formaban parte del Gobierno provisional, dije yo que defendían y aceptaban la responsabilidad que de esa medida pudiera caberles, y en este sentido aceptaban todas las palabras que sobre aquella cuestión pronunció el Sr. Figuerola en la otra Cámara.

Yo no sé hasta qué punto el Sr. Ríos Rosas puede tener razón al criticar aquello que él cree que le ofendía, ni puede tener razón para suponer que el Sr. Figuerola atacaba a esta Cámara. El Gobierno no vio ataque alguno al Congreso; es más, no vio ataque a personalidad alguna. El Sr. Figuerola se lamentaba y se quejaba amargamente de los que sin estudiarlo, sin tomar bastantes conocimientos, habían juzgado una medida, que él creía legal, de una manera ilegal, y al defenderse, atacaba ciertas opiniones, como S. S. ha atacado al Sr. Figuerola y ha hecho algún cargo a la Mesa del Senado. Es, pues, evidente que no se pueden evitar ciertas frases que se vierten en los discursos, y contra las cuales no hay derecho para quejarse.

Repito, pues, que el Gobierno, o los individuos del Gobierno provisional que componen parte del actual, creen que aquel Gobierno estuvo en su derecho variando el tipo en vez de variar las condiciones, y modificando el decreto del 52 en ese sentido; y en este concepto me importa a mí declarar que la modificación del tipo con arreglo al cual se hizo la subasta, fue con acuerdo del Consejo de Ministros.



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